Conjunto obligado a borrar datos biometricos por reconocimiento facial ilegal
Ordenan a conjunto eliminar datos biométricos recolectados sin autorización. La decisión marca un precedente clave sobre el uso del reconocimiento
Bogotá frena el uso de reconocimiento facial: la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) le pone un alto al uso indebido de tecnologías biométricas en conjuntos residenciales.
La capital está en el centro del debate sobre el equilibrio entre seguridad y privacidad. Esta vez, la controversia gira en torno al uso de reconocimiento facial en el conjunto residencial Parque de los Cipreses – Edificio Vista al Parque del Salitre, el cual fue sorprendido recopilando y almacenando información biométrica de sus residentes sin consentimiento previo.
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), en una contundente resolución, le ordenó al conjunto borrar inmediatamente todos los datos faciales recolectados y cesar el uso de esta tecnología invasiva. ¿La razón? El conjunto procesaba huellas faciales y digitales sin la debida autorización, violando flagrantemente el derecho fundamental al habeas data.
Según la SIC, los afectados no solo fueron grabados sin permiso, sino que sus solicitudes de eliminación de datos fueron ignoradas por la administración. En palabras de la entidad: “Estas conductas vulneraron el derecho fundamental al habeas data de los residentes que elevaron la queja”.
Pero la decisión no se quedó ahí. La SIC también prohibió condicionar el ingreso a la copropiedad a la entrega de datos biométricos, ordenando implementar alternativas no invasivas para el acceso. Esto significa que ninguna persona puede ser obligada a ceder su información facial o huellas para ingresar al lugar donde vive.
Este caso ha encendido las alarmas sobre el creciente uso de herramientas de control como el reconocimiento facial en propiedad horizontal. Aunque se presentan como soluciones modernas para evitar suplantaciones o mejorar la seguridad, la SIC advirtió que el mal uso o filtración de estos datos sensibles puede traer consecuencias irreversibles para los ciudadanos.
Además, la entidad dejó claro que antes de instalar este tipo de sistemas, las administraciones deben realizar evaluaciones de impacto y riesgo, pues se trata de información sensible que exige un tratamiento con los más altos estándares de protección.
Finalmente, la SIC trasladó el caso a su Dirección de Investigaciones de Protección de Datos Personales, quien deberá decidir si se abre una investigación sancionatoria contra el conjunto. De imponerse una sanción, esta podría convertirse en un precedente histórico para cientos de conjuntos residenciales que, hoy por hoy, aplican este tipo de tecnologías sin el cumplimiento legal requerido.
Este fallo refuerza un mensaje crucial: la seguridad no puede estar por encima de los derechos fundamentales. La privacidad, la intimidad y el control sobre nuestros propios datos no son negociables, ni siquiera entre las paredes de nuestros hogares.
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